Licencias por comunidad

Licencia de glamping en Cataluña

Qué norma regula un proyecto de cabañas en Cataluña, qué resuelve y qué deja fuera. Escrito para quien todavía puede elegir la parcela.

Actualizado en agosto de 2026 · orientación general, no asesoramiento legal

Cataluña reconoce el formato de forma expresa. El Decreto 75/2020, de turismo de Cataluña, regula los campings con unidades de alojamiento y crea la categoría de alojamientos singulares, pensada precisamente para lo que no cabe en las modalidades clásicas: cabañas en árboles, cabañas de pastor, barracas como las del delta del Ebro o cuevas. La particularidad catalana es qué administración habilita la actividad: es el ayuntamiento el que puede habilitar los alojamientos singulares en su municipio, definiendo y delimitando la actividad dentro de las condiciones mínimas del reglamento.

Qué resuelve la norma, y qué no

Ese reparto competencial cambia por completo dónde se resuelve el asunto. En otras comunidades el debate de fondo es autonómico y el municipio ejecuta; aquí el municipio delimita si la figura está disponible en su término y con qué contorno. Un proyecto idéntico puede ser viable en un municipio y no serlo en el de al lado, y no por el suelo, sino porque uno ha habilitado la figura y el otro no.

La consecuencia práctica es que la primera visita útil no es a un despacho de Barcelona: es al ayuntamiento donde está la parcela, con el proyecto lo bastante definido como para que puedan decirte si encaja en lo que han delimitado.

El registro también pasa por ahí. Son los municipios quienes comunican al Registro de Turismo de Cataluña las altas y las bajas de los establecimientos de alojamiento turístico.

El suelo, que es donde se decide

El reconocimiento turístico no sustituye al urbanismo. Que el Decreto 75/2020 nombre tu formato significa que la Generalitat sabe qué es y cómo clasificarlo, no que puedas ponerlo en cualquier finca.

Sigue habiendo normativa sectorial que cumplir al margen del turismo: seguridad, higiene y medio ambiente entre otras, que el propio reglamento menciona como condición para que el ayuntamiento habilite la actividad.

Que Cataluña nombre tu formato no sustituye a las otras dos normativas: el urbanismo y el Código Técnico de la Edificación siguen siendo plenamente aplicables. El Tribunal Supremo equiparó las mobile homes a las casas prefabricadas a efectos de exigir licencia urbanística por el uso del suelo (STS 1917/2024), así que no cuentes con que ser desmontable te libre del trámite urbanístico.

Qué confirmar con un técnico local

  • Si el municipio ha habilitado la figura. Es la primera pregunta en Cataluña y la que puede terminar la conversación. Hazla antes de comprometerte con una parcela.
  • Cómo han delimitado la actividad. El ayuntamiento define el contorno dentro de los mínimos del decreto. Ese contorno es el que tiene que encajar con tu proyecto, no al revés.
  • La normativa sectorial aplicable. Seguridad, higiene y medio ambiente van aparte del turismo y se comprueban por su cuenta.
  • El trámite de inscripción. La comunicación al Registro de Turismo de Cataluña la hace el municipio. Confirma qué necesitan de ti y cuándo.

Orientación general, no asesoramiento legal. Los requisitos varían según el municipio y la comunidad autónoma; te pondremos en contacto con un técnico local antes de que te comprometas.

Preguntas frecuentes

¿Reconoce Cataluña las cabañas y el glamping como alojamiento turístico?

Sí, de forma expresa. El Decreto 75/2020 de turismo de Cataluña regula los campings con unidades de alojamiento e introduce la categoría de alojamientos singulares para las modalidades que no encajan en las clásicas, citando cabañas en árboles, cabañas de pastor, barracas y cuevas.

¿Quién autoriza un alojamiento singular en Cataluña?

El ayuntamiento. Son los municipios los que pueden habilitar alojamientos singulares en su término, definiendo y delimitando la actividad dentro de las condiciones mínimas del reglamento y de la normativa sectorial aplicable. También son ellos quienes comunican las altas y bajas al Registro de Turismo de Cataluña.

¿Qué pasa si el municipio no ha habilitado los alojamientos singulares?

Que en ese término no hay una actividad delimitada a la que acogerse, aunque el decreto autonómico contemple la figura. Es la razón por la que dos parcelas equivalentes en municipios vecinos pueden dar respuestas distintas, y por la que la primera gestión útil en Cataluña es municipal antes que autonómica. Confírmalo en el ayuntamiento.

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Fuentes

Referencias comprobadas en agosto de 2026. En Cataluña la respuesta útil es municipal: confirma con el ayuntamiento de tu parcela si ha habilitado la figura y con qué contorno antes de decidir nada.